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Facturación Electrónica10 min de lectura12 Mar 2026

Facturación Electrónica B2B Obligatoria 2027: Calendario y Plazos

La Ley Crea y Crece obliga a todas las empresas españolas a emitir facturas electrónicas entre sí. Te explicamos el calendario exacto, a quién afecta, los requisitos técnicos y la diferencia clave con VeriFactu.

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Equipo ZUI
Especialistas en Digitalización PYMEs

Dos Obligaciones Distintas que Debes Conocer: VeriFactu vs Factura Electrónica B2B

Antes de entrar en el calendario, necesitas entender algo fundamental que genera mucha confusión: en España existen dos obligaciones fiscales diferentes que aplican en fechas distintas y afectan a situaciones diferentes.

ObligaciónLeyAfecta aPlazo estimado
VeriFactu / SIFLey Antifraude (11/2021)Todos los negocios: registro de facturas en AEATEne 2027 grandes · Jul 2027 resto
Factura Electrónica B2BLey Crea y Crece (18/2022)Solo relaciones empresa-empresa o empresa-autónomo12 meses reglamento grandes · 24 meses resto

Este artículo se centra en la Factura Electrónica B2B (Ley Crea y Crece). Si buscas información sobre VeriFactu, tienes una guía completa aquí.


¿Qué es la Factura Electrónica B2B?

La factura electrónica B2B es la obligación de emitir y recibir facturas en formato digital estructurado en las relaciones comerciales entre empresas y autónomos sujetos pasivos del IVA en España.

No basta con enviar un PDF por email. Una factura electrónica B2B debe cumplir con:

  1. Formato estructurado: Facturae XML, UBL 2.1 o UN/CEFACT CII
  2. Firma electrónica avanzada con certificado reconocido
  3. Registro de estados: aceptada, rechazada o pagada
  4. Interoperabilidad entre distintas plataformas

La base legal es la Ley 18/2022, de 28 de septiembre (Ley Crea y Crece), que modifica la Ley 56/2007 de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.


Calendario de Obligatoriedad: Plazos por Tamaño de Empresa

El reglamento técnico de la Ley Crea y Crece estaba pendiente de aprobación definitiva a principios de 2026. Una vez publicado en el BOE, los plazos serán:

Empresas con facturación superior a 8 millones de euros/año

Plazo: 12 meses desde la publicación del reglamento en el BOE.

Con el reglamento esperado en H1 2026, estas empresas deberían estar operativas antes de finales de 2026 o inicio de 2027.

PYMEs y autónomos (facturación ≤ 8 millones €/año)

Plazo: 24 meses desde la publicación del reglamento en el BOE.

Para la mayoría de las empresas españolas, el plazo estimado es 2027, posiblemente segundo semestre.

Tabla resumen de plazos estimados

SegmentoFacturación anualPlazo desde BOEEstimación
Grandes empresas> €8M12 mesesFinales 2026 / Q1 2027
PYMEs y autónomos≤ €8M24 meses2027 (probablemente H2)

⚠️ Nota: Los plazos exactos dependen de cuándo se publique el reglamento técnico. Puede haber retrasos. Consulta siempre la última publicación del BOE o tu asesoría.


¿A Quién Afecta la Obligación?

La Ley Crea y Crece obliga a todas las empresas y autónomos sujetos pasivos del IVA en España que realicen operaciones B2B.

Sí están obligados:

  • SL, SA y otras formas jurídicas empresariales
  • Autónomos que facturan a otras empresas o autónomos
  • Empresas extranjeras con sede permanente en España
  • Profesionales liberales (abogados, médicos, arquitectos) en relaciones con empresas

No aplica en:

  • Facturas a consumidores finales particulares (B2C) — aunque sí aplica VeriFactu
  • Operaciones exentas de IVA sin obligación de factura
  • Régimen de recargo de equivalencia en ciertas situaciones

Requisitos Técnicos para Cumplir

1. Formatos estructurados aceptados

  • Facturae 3.2.x — formato XML español del Ministerio de Hacienda
  • UBL 2.1 — estándar europeo
  • UN/CEFACT CII — otro estándar europeo

2. Firma electrónica

Las facturas deben llevar firma electrónica avanzada con certificado reconocido:

  • Certificado de empresa emitido por la FNMT
  • Certificado de representante de persona jurídica

3. Gestión de estados de factura

El receptor debe informar del estado de cada factura recibida:

EstadoDescripción
AceptadaConforme con lo recibido
RechazadaCon motivo especificado
PagadaCon fecha de pago registrada

4. Plataforma interoperable

El reglamento establecerá las condiciones de interoperabilidad. Habrá una plataforma pública gratuita del Estado además de las soluciones privadas certificadas.


Diferencias Clave entre Factura Electrónica B2B y VeriFactu

AspectoFactura Electrónica B2BVeriFactu
LeyLey Crea y Crece 18/2022Ley Antifraude 11/2021
DestinatarioTu cliente empresa / autónomoAgencia Tributaria (AEAT)
FormatoFacturae XML / UBL / CIIXML propietario AEAT con hash
ObjetivoAgilizar pagos, reducir morosidadPrevenir fraude fiscal
Plazo2026-2027 (pendiente reglamento)Ene 2027 grandes / Jul 2027 resto
PlataformaPrivada o pública interoperableAEAT o software certificado

En resumen: VeriFactu es comunicar tus facturas a Hacienda. La factura electrónica B2B es comunicar tus facturas a tus clientes empresa en formato digital estructurado. Ambas son obligatorias y son cosas distintas.


Sanciones por Incumplimiento

La Ley Crea y Crece establece:

  • No emitir facturas electrónicas: Multa de hasta 10.000 € por incumplimiento
  • Incluir condiciones que penalicen el pago electrónico: Hasta 10.000 €
  • No informar del estado de pago: Infracción leve

El incumplimiento también puede afectar al acceso a ayudas del Kit Digital y a licitaciones públicas.


Checklist para PYMEs: Cómo Prepararse Ahora

✅ Paso 1: Audita tu software de facturación

¿Puede generar Facturae XML? La mayoría de soluciones antiguas no pueden. Si usas Excel o PDFs manuales, necesitarás cambiar.

✅ Paso 2: Consulta a tu gestoría

Tu gestor debe estar al tanto de los plazos. Si no lo está, es una señal de alerta para cambiar de asesoría.

✅ Paso 3: Elige soluciones todo-en-uno

Las mejores opciones integran:

  • Facturación electrónica B2B (Facturae XML)
  • VeriFactu / SIF (registro AEAT)
  • Firma electrónica
  • Gestión de estados de factura

✅ Paso 4: Planifica la migración con 6 meses de antelación

La migración de datos históricos lleva tiempo. No esperes al último mes.

✅ Paso 5: Forma a tu equipo administrativo

El departamento de administración necesitará entender el flujo completo: emitir, firmar, enviar y gestionar estados.


Oportunidad: Reducción de Morosidad y Mejora de Tesorería

La factura electrónica B2B tiene una ventaja directa para tu negocio: reduce los plazos de cobro entre 7 y 12 días de media (estimación Comisión Europea).

Para una PYME con €500.000 de facturación anual, eso puede mejorar el capital circulante en 10.000-15.000 € sin financiación adicional.


Preguntas Frecuentes

¿La factura electrónica B2B reemplaza a VeriFactu?

No. Son obligaciones independientes. Necesitarás cumplir con ambas. VeriFactu registra facturas en la AEAT; la factura electrónica B2B formaliza cómo las intercambias con clientes empresa.

¿Un PDF enviado por email vale como factura electrónica B2B?

No. Necesita ser un archivo XML estructurado (Facturae, UBL o CII) con firma electrónica.

¿Existe una plataforma pública gratuita para cumplir?

Sí. El Estado habilitará una solución pública gratuita para todas las empresas. Pero para PYMEs con volumen elevado, una solución privada certificada suele ser más eficiente.

¿Qué pasa si mi proveedor no puede enviarme facturas electrónicas?

Una vez en vigor, todos los emisores estarán obligados. Podrás rechazar facturas en formato no conforme.

¿El Kit Digital cubre soluciones de factura electrónica B2B?

Sí. La categoría "Factura Electrónica" del Kit Digital cubre soluciones conformes con la Ley Crea y Crece. Más info sobre el bono Kit Digital aquí.

¿Los autónomos en módulos también están obligados?

Sí. Todos los autónomos que emitan facturas a empresas o a otros autónomos estarán obligados, independientemente del régimen fiscal.


Conclusión

La facturación electrónica B2B no es opcional: tiene fecha de vencimiento. Las PYMEs que se preparen con antelación no solo evitarán sanciones, sino que tendrán procesos más rápidos, menos errores y mejores datos de tesorería.

No esperes a que llegue el plazo para empezar. La migración técnica lleva tiempo y los proveedores de software estarán saturados en los meses previos al deadline.

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Preguntas Frecuentes

¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas en España?+
Según la Ley Crea y Crece, la factura electrónica B2B será obligatoria en dos fases: para empresas con facturación superior a €8 millones/año desde principios de 2027, y para el resto de autónomos y PYMEs desde finales de 2027 o principios de 2028. La normativa obliga a emitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado en todas las transacciones entre empresas españolas.
¿Cuál es la diferencia entre factura electrónica B2B y Verifactu?+
Son dos obligaciones distintas. La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) afecta a cómo envías facturas a otras empresas: en formato digital estructurado. Verifactu (Ley Antifraude) afecta a cómo registras las facturas en tu software: con registro inmutable y envío a la AEAT. Un software actualizado debe cumplir ambas normativas.
¿Qué formato técnico necesita la factura electrónica B2B?+
La factura electrónica B2B en España debe usar el formato FacturaE (XML estructurado) o el europeo EN 16931. Debe incluir NIF emisor y receptor, fecha, número, descripción, importes desglosados por IVA y firma electrónica válida. Las plataformas como ZUI generan automáticamente el formato correcto sin necesidad de conocimientos técnicos.
¿Qué pasa si no cumplo con la factura electrónica obligatoria?+
El incumplimiento puede acarrear sanciones económicas según la Ley Crea y Crece. Además, podrías perder clientes empresariales que exijan facturas en formato electrónico para sus procesos de pago automático. La adaptación temprana evita riesgos y mejora la eficiencia administrativa.

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